El BOE cambia cómo te avisa la Seguridad Social si estás de baja o tramitas una incapacidad

El BOE ha publicado la Orden ISM/541/2026 para modificar la normativa que regula las notificaciones y comunicaciones electrónicas de la Seguridad Social. La gran novedad es que se amplían los supuestos en los que las personas físicas están obligadas a recibir avisos por vía electrónica y estos son solicitantes o perceptores de incapacidad temporal, procedimientos de incapacidad permanente y casos de lesiones permanentes no incapacitantes.

Las medidas entran en vigor el 1 de septiembre de 2026, tres meses después de su publicación en el BOE, por lo que todavía tenemos el verano por delante para hacernos a la idea de la llegada de esta digitalización.

Qué cambia con la nueva orden

Hasta ahora, la Orden ISM/903/2020 ya regulaba las notificaciones electrónicas de la Seguridad Social y contemplaba obligaciones para algunos casos. Sin embargo, la nueva orden modifica la anterior e incluye a más personas, concretamente, “personas relacionadas con prestaciones de incapacidad temporal, incapacidad permanente y lesiones permanentes no incapacitantes”.

Esto lo podemos leer en el nuevo texto del artículo 4.1.c que incluye:

“a las personas físicas que sean solicitantes o perceptoras de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural o incapacidad temporal, así como cuando la notificación o comunicación se refiera a incapacidad permanente o lesiones permanentes no incapacitantes”.

En la práctica implica que más ciudadanos que estén de baja médica deberán estar pendientes de los canales electrónicos de la Seguridad Social.

Infografía sobre el cambio en las notificaciones de la Seguridad Social según el BOE, detallando la obligatoriedad de la vía electrónica para incapacidades y lesiones a partir de septiembre de 2026.
Resumen de los cambios del BOE sobre la obligatoriedad de recibir notificaciones de la Seguridad Social por vía electrónica.

¿A quién afecta y a quién no?

El cambio afecta a:

  • Solicitantes de incapacidad temporal
  • Perceptores de incapacidad temporal
  • Personas en procedimientos de incapacidad permanente
  • Personas afectadas por lesiones permanentes no incapacitantes

Sin embargo, se establece que no afecte a:


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Author: Claudio Valero

1 junio, 2026