Desde hoy, y hasta el próximo miércoles 11 de febrero, si tienes que coger un tren en España, deberás informarte bien. Nuestro país afronta tres jornadas de huelga en las que únicamente los servicios mínimos estarán garantizados y es posible que te veas afectado por los retrasos o, incluso, por alguna cancelación.
El sector ferroviario no está pasando por un buen momento en nuestro país. Los accidentes ocurridos en Adamuz y Gélida durante las últimas semanas provocaron que los profesionales de este ámbito reclamaran un cambio estructural que garantizase la seguridad tanto de los propios trabajadores como de todos los pasajeros que confían en este medio de transporte para cubrir sus desplazamientos diarios. Además, también se pone el foco sobre la excesiva externalización de los servicios, y los riesgos que ello puede llegar a provocar.
Después de que los sindicatos y el Ministerio de Trabajadores no llegaran a un acuerdo para evitar la huelga propuesta por estos, finalmente esta ha comenzado hoy y se alargará hasta el próximo día 11 de febrero, si todo sigue según lo previsto. La afectación será para los trenes de cercanías, los de media y larga distancia y los de alta velocidad. Pero, ¿a qué tienes derecho si tu tren se cancela o se retrasa?

Siempre y cuando no se trate de un motivo de fuerza mayor, la empresa ferroviaria con la que tengas los billetes es la responsable de hacer frente a los costes provocados por la cancelación del viaje. Sin embargo, la cuantía a la que tendrás derecho dependerá de la antelación con la que nos han notificado la cancelación:
En el caso de las huelgas, además, también puede que la cancelación del servicio no te afecte a la totalidad del trayecto, sino a una parte del viaje. En este caso, tendrás derecho a un reembolso parcial. No obstante, lo más habitual es que te ofrezcan un transporte alternativo para cubrir el mismo trayecto.
El único motivo por el que la empresa no está obligada a indemnizar en caso de retraso es que demuestra que dicha demora es consecuencia de las circunstancias extraordinarias ajenas a la propia operadora. Además, como consecuencia de las limitaciones de ADIF, las empresas del sector también han añadido una cláusula que indica que mientras duren los límites de velocidad por las obras en las vías, los viajeros no tendrán derecho a recibir indemnizaciones por retraso en los trenes que cubran los trayectos implicados.
Al margen de lo mencionado previamente, en caso de retraso las empresas tienen que cumplir con el Reglamento 2021/782:
| Incidencia | Compensación Mínima | Opciones Adicionales para el Viajero |
|---|---|---|
| Cancelación (aviso < 4h antes) | 200% del precio del billete | Transporte alternativo o reembolso completo |
| Retraso de 60 a 119 minutos | 25% del precio del billete | Derecho a asistencia (comidas y bebidas) |
| Retraso superior a 120 minutos | 50% del precio del billete | Derecho a asistencia y posible alojamiento |
Si no quieres estar expuesto a ninguna de las dos situaciones mencionadas previamente, nuestra recomendación es que te informes de cuáles son los servicios mínimos que están planificados para tus trayectos y pidas información a tu compañía para saber si tu tren se podría ver afectado y qué alternativas tienes.
Actualización 15.40 horas: El Gobierno y los sindicatos han llegado a un acuerdo y han decidido desconvocar la huelga, por lo que durante las próximas horas se restablecerá el servicio con normalidad y se aumentará la frecuencia de los trenes para cubrir la demanda y necesidades de los pasajeros.
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Author: Carlos Zapatero
9 febrero, 2026